1.Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados:
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:
a) La Ley de Información Pública del Estado;
b) El reglamento interno de información pública del sujeto obligado;
c) Los lineamientos generales de clasificación de información pública del Instituto;
f) Los criterios generales de clasificación de información pública del sujeto obligado;
h) Los criterios generales de protección de información confidencial y reservada del sujeto obligado;
j) El directorio del sujeto obligado;
k) El nombre del encargado, teléfono, fax, y correo electrónico del Comité del sujeto obligado;
l) El nombre del encargado, teléfono, fax, y correo electrónico de la Unidad del sujeto obligado;
m) El manual y formato de solicitud de información pública;
n) Los informes de revisión oficiosa y periódica de clasificación de la información pública; y
ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas.
II. La información sobre el marco jurídico, que comprende:
c) Las leyes federales y estatales en su caso, aplicables al y por el sujeto obligado;
e) Los decretos, acuerdos y demás normas jurídicas generales, aplicables al y por el sujeto obligado;
III. La información sobre la planeación del desarrollo, que comprende:
b) Los apartados de los programas federales aplicables al y por el sujeto obligado;
c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo aplicables al y por el sujeto obligado;
d) Los programas estatales aplicables al y por el sujeto obligado;
e) Los programas regionales aplicables al y por el sujeto obligado, en su caso; y
f) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores, aplicables al y por el sujeto obligado;
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental, que comprende:
a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, aplicables al y por el sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos seis años;
b) Los programas operativos anuales aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años;
c) Los manuales de organización aplicables al y por el sujeto obligado;
d) Los manuales de operación aplicables al y por el sujeto obligado;
e) Los manuales de procedimientos aplicables al y por el sujeto obligado;
f) Los manuales de servicios aplicables al y por el sujeto obligado;
g) Los protocolos aplicables al y por el sujeto obligado; y
h) Los demás instrumentos normativos internos aplicables al y por el sujeto obligado;
V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:
a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años;
b) Las partidas del Presupuesto de Egresos del Estado y conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años;
c) El presupuesto de egresos anual y el clasificador por objeto del gasto internos del sujeto obligado, en su caso, de cuando menos los últimos seis años;
d) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos seis años;
e) La plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos seis años;
g) Las nóminas del sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años;
h) Los balances generales, de cuando menos los últimos seis años;
i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos seis años;
k) Las cuentas públicas y demás informes de gestión financiera del sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años;
l) Las auditorías internas y externas realizadas, de cuando menos los últimos seis años;
m) Los padrones de proveedores, de cuando menos los últimos seis años;
n) Las convocatorias y resoluciones sobre asignaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos seis años;
ñ) Las convocatorias y resoluciones sobre concursos por invitación en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos seis años;
o) Las convocatorias y resoluciones sobre licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos seis años; Nota: No Aplica.
q) Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados;
r) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos seis años;
s) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública; Nota: No Aplica.
t) Las pólizas de los cheques expedidos;
VI. La información sobre la gestión pública, que comprende:
b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público; y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público;
e) Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años; Nota: No Aplica.
h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;
j) Las actas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados; y
VII. La información pública ordinaria que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto.
2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.